SEGUNDA EDICIÓN LA COMUNIDAD DE FE: ACUERDOS DE FE



Basado en la Biblia Versión Reina - Valera Revisión de 1960 (RVR60)

5.2 LA ADMINISTRACIÓN EN LA ÉPOCA DE MOISÉS


La época corresponde al tiempo de Moisés, el pueblo de Israel crece en gran número y las leyes se establecen por escrito, entonces surge la necesidad de juzgar los conflictos entre personas. Realizar esta labor únicamente por Moisés, es exhaustivamente cansado y desgastante, debido al exceso de trabajo. Precisamente la problemática se presenta con la falta de distribución del trabajo, delegación de funciones y autoridad en otros (Éxodo 18.13), el suegro de Moisés recomienda otro sistema de trabajo:


1) Jetro observa las circunstancias.


2) Hace un estudio de la situación y luego cuestiona (Éxodo 18.14).


3) Moisés expone el método actual de trabajo y responde la entrevista realizada por Jetro (Éxodo 18.15 al 16).


4) El suegro de Moisés establece un diagnóstico y análisis (Éxodo 18.17): enfoca causas, consecuencias, el exceso de cansancio de Moisés. De esta manera identifica la principal causa y determina la solución (Éxodo 18.18).


La solución fue integrar más recurso humano, distribuirlo por grupos de trabajo (delegación de funciones o tareas). Moisés está anuente al cambio para mejorar, se dispone a escuchar el asesoramiento de su suegro, quien le replantea sobre nuevas bases un mejor sistema de trabajo. Jetro le comunica las ideas y una solución (Éxodo 18.19), sugiere las estrategias para contrarrestar las causas por el exceso de trabajo de Moisés, con el establecimiento de los siguientes objetivos específicos:


1) En el caso de Moisés: mostrar el camino, enseñar y delegar en los jueces.


2) En el caso del pueblo: andar por el camino y obedecer las enseñanzas de Moisés y de los jueces (Éxodo 18.20).


Moisés sigue el consejo de su suegro y las recomendaciones:


o Da participación a las personas del pueblo en las actividades.


o Nombra personas con ciertos requisitos para ser jefes sobre el pueblo, sobre mil, sobre cien, sobre cincuenta y sobre diez.


Los requisitos necesarios del personal para llevar a cabo el trabajo (Éxodo 18.21 al 22), como jueces justos, posibilitan el cumplimiento cabal de las tareas administrativas necesarias (Éxodo 18.23).


Moisés determina implementar el nuevo sistema de trabajo, comunica su decisión al pueblo y a los nuevos jefes de grupos. Además faculta a cada juez en sus funciones por grupos de mil, cien, cincuenta y diez, luego de prepararlos con la capacitación necesaria para el puesto. Se emprende lo planeado para lograr el fin propuesto (Éxodo 18.24).


Hay una coordinación en las siguientes relaciones:


1. Entre cada juez y el grupo de personas en el momento de impartir juicio.


2. Entre cada uno de los jueces.


3. Entre los jueces y Moisés, como equipo de trabajo.


Los requisitos: virtud, temor de Dios, verdad y sin avaricia. Se logra un juicio justo en el menor tiempo de espera posible, por medio de la distribución de grupos de trabajo (Éxodo 18.25), en consecuencia, se evita el desfallecimiento de Moisés, de quienes imparten el juicio y del pueblo cuando llega a consultar sus asuntos y las diferencias con otras personas. Se permite lo siguiente:


a. Realizar un juicio justo en cada caso con el dominio de las ordenanzas de Dios y sus leyes.


b. Mayor cantidad de personal disponible para el ejercicio de juez.


c. Menor tiempo de espera en la resolución de los casos.


El esfuerzo de cada persona se integra oportunamente para el logro del objetivo común. Se establecen las diferencias entre los asuntos graves, o sea, los más complejos y entre los más pequeños o sencillos, las responsabilidades durante el ejercicio del juicio, la autoridad propia y de cada juez (Éxodo 18.26).


La institución del sistema, estructura y organización en general se fundamenta en documentos escritos: las ordenanzas y la ley, similar a una constitución, se mantienen como autoridad, independiente de quienes son las personas o de la época de su aplicación, porque Josué continúa el legado de Moisés y la Escritura: “… También escribió allí sobre las piedras una copia de la ley de Moisés…” (Josué 8.30 al 35). La transformación de la ley a la gracia, a partir de la primera venida del Señor Jesucristo, se presenta como una enmienda requerida de acuerdo con las necesidades surgidas y el ajuste según la realidad del momento profético anunciado.